Empresas de Producción Social

09.11.2016

segun el decreto 3.895 desarrollo endógeno y empresas de producción social del 12 de septiembre de 2005, puntualizan que:

las empresas de producción social son unidades productivas comunitarias que tienen como objetivo fundamental generar bienes y servicios que satisfagan las necesidades básicas y esenciales de las comunidades y su entorno (alimentación, vestimenta, vivienda, educación y salud) a través del trabajo digno de hombres y mujeres

CARACTERISTICAS DE LAS EMPRESAS DE PRODUCCION SOCIAL

  • • La Propiedad es Colectiva,
  • • Su Objetivo es Generar puestos de trabajo estables,
  • • La producción está fundamentada en la solidaridad, la cooperación, la complementariedad, reciprocidad y la sustentabilidad,
  • • El trabajador tiene un compromiso social y procura su desarrollo integral,
  • • La producción se destina a satisfacer las necesidades básicas y esenciales de la colectividad,
  • • Desarrollan las cadenas productivas, incorporando valor agregado nacional (REDES PRODUCTIVAS),
  • • Mantienen precios de ventas solidarios en sus productos y servicios,
  • • Impulsan la desconcentración territorial y, la descentralización económica.
  • • Operan en forma armónica con el medio ambiente
  • • La remuneración de los trabajadores se realiza bajo el criterio del aporte de trabajo que cada quien realice.

BASAMENTO JURIDICO DE LAS EPS

En el marco de la ley, no existe basamento jurídicos alguno de carácter general, que respalden a las EPS, las mismas particularmente están reguladas de modo constitucional y sub legal; sin embargo en el ámbito constitucional, se desarrollan bajo los principios del Sistema Socioeconómico, como son: Justicia social, eficiencia, libre competencia, productividad y solidaridad, establecidos en el Articulo 299 CRBV y en lo referente a la Protección y Promoción de la pequeña y mediana empresa, en el artículo 308 de la CRBV

Pero sobre otros detalles adicionales, es necesaria su regulación de un modo más concreto, dado que no pueden confundirse, o considerarse iguales a las cooperativas, ya que tienen un fin mercantil, aspecto no presente en esta figura.

Existen diversas iniciativas destinadas a promover un nuevo modelo de unidad productiva en el país, colmadas de buenas intenciones y no despreciables resultados, sin embargo no existe de manera formal un documento que sirva de guía tanto para los diferentes órganos del Estado, como para las mismas comunidades de cómo deben conformarse y gestionarse estas innovadoras empresas.

Ley de las comunas para la consolidación del poder popular

La Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión el Proyecto de Ley Orgánica de las Comunas, la cual consolidará el Poder Popular en el país, al reconocer la capacidad o fuerza social y colectiva organizada que tiene el pueblo soberano como máxima autoridad.

"En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) se inicia un proceso de cambio político, que abarca todos los ámbitos estructurales para la transformación del país desde un capitalismo dependiente hacia un socialismo de contenidos socioeconómicos y geopolíticos innovadores". Tal como lo señala la exposición de motivos de la Ley de las Comunas.

Para contribuir con la refundación del Estado, la Ley de las Comunas tiene entre sus directrices fundamentales cuatro principios, como son: a) el desarrollo sustentable, b) el desarrollo endógeno, c) la diversificación de la economía, y d) la participación ciudadana. Esta última, enfocada como un derecho y un deber que, además de profundizar la democracia, permita la interacción entre el Estado y la sociedad, a través del Poder Popular, para desarrollar el principio de responsabilidad como derecho ciudadano.

Para el desarrollo de estas directrices se requiere de una nueva institucionalidad (la Comuna), basada en la construcción de un espacio geográfico socialista, una territorialidad reconocida por la apropiación y el asentamiento mismo de su población y en lugares que generen sentimientos de pertenencia e identidad geográfica pero que, además, expresen el contenido político del modelo socioeconómico legitimado por el Estado.

En la estructura y contenido de la Ley, conformada por 10 títulos, 67 artículos y 5 disposiciones, encontramos que se establece un espacio socialista, definido por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, reconocidos en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los principios desoberanía y participación protagónica como expresión del Poder Popular.

La Ley está basada en tres grandes premisas constitucionales: la primera, contenida en el artículo 173 de la Carta Magna: "…la creación de entidades locales dentro del territorio municipal; la segunda, inherente al modelo democrático participativo y protagónico que la transversaliza, y la tercera, referida en el artículo 158 en cuanto a que "La descentralización, como política nacional, debe profundizar la democracia, acercando el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales".

La Comuna, en su estructura, cuenta con una organización institucional, cuya acción se define en tres grandes áreas: planificación, coordinación y del gobierno en la comuna. Igualmente, la Comuna contará con un plan rector para la acción y con propósitos claramente definidos a través de La Carta Comunal, de la cual surge el Plan Político Estratégico Comunal.

Dentro de las figuras organizativas destaca el Banco de la Comuna, que tiene como objetivo garantizar la gestión y administración de los recursos financieros y no financieros que le sean asignados, así como los generados o captados mediante sus operaciones, promoviendo la participación protagónica del pueblo en la construcción del Modelo Económico Socialista.

El instrumento jurídico establece la actividad planificadora de la Comuna a través del Plan Comunal de Desarrollo, en el cual se establecerán los proyectos, objetivos, metas, acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, el Plan Regional de Desarrollo y los lineamientos del Consejo Federal de Gobierno.

Con la promulgación de Ley de las Comunas se pretende abrir las compuertas para la construcción de un espacio geográfico socialista, con modalidades diferentes de gestión de políticas públicas, y tendrán expresión directa los actores sociales organizados y cohesionados en torno a unidades territoriales equivalentes a sus competencias, y a jurisdicciones inherentes a una territorialidad reconocida por la apropiación y el asentamiento mismo de la población, legitimado por el Estado, respondiendo a los principios para la construcción del Socialismo del siglo XXI.

Político:

Este término es atribuido de la doctrina o actividad política o relativo a ellas: hizo un discurso político. Se dice de la persona que interviene en la política de un Estado, comunidad, región, etc. También s.: la mayoría de la gente no cree a los políticos.

© 2016 Karen Rubio y Deilymar Martinez, Asesora Freelance. Venezuela - 1201
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